Resolución invoca a todas las autoridades competentes a abstenerse de aplicar la ley que prescribe delitos de lesa humanidad.

Mediante una resolución, ratificó la decisión de ordenar a todos los órganos competentes del Estado a que no apliquen la Ley 32419, hasta que la Corte IDH se pronuncie sobre el tema de fondo en una siguiente resolución.

La resolución también señala que se mantienen vigentes las medidas provisionales de la Resolución del 1 de julio, que obligan al Perú a dejar sin efecto la norma que ha sido ampliamente cuestionada por prescribir crímenes de lesa humanidad y generar impunidad.  

Además, se resalta que el Perú deberá continuar informando a la Corte cada tres meses sobre las medidas provisionales adoptadas.

La resolución de la Corte IDH se publica tras la evaluación de la audiencia por la solicitud de ampliación de medidas provisionales y supervisión de cumplimiento de sentencias del caso Barrios Altos y La Cantuta contra Perú.

“Esta resolución reafirma la obligación del Estado peruano de respetar el derecho internacional y garantizar justicia para las víctimas de crímenes de lesa humanidad”, remarcó la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH).

Como señala el documento, Alberto Borea (juez miembro de la Corte IDH elegido por el gobierno de Dina Boluarte), no participó en la deliberación y firma de la Resolución.

También conocida como ‘Ley impunidad’, la Ley Nº 32419 concede amnistía a miembros de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional del Perú y de los Comités de Autodefensa que participaron en el conflicto armado interno que vivió el Perú entre 1980 y 2000.

 

 

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