Con el respaldo de 32 organizaciones de la sociedad civil la acción cuestiona que la normativa establece un control excesivo del Estado sobre la conformación, el funcionamiento y el financiamiento de las organizaciones sociales.

Mediante un comunicado señalan que la nueva normativa habilita un régimen de sospecha permanente y la aplicación de sanciones desproporcionadas, incompatibles con un sistema democrático basado en derechos.

Las organizaciones firmantes recordaron que desde su constitución cumplen con los informes, auditorías y mecanismos de control ya previstos en la legislación vigente.

En consecuencia, la Ley Garrote no responde a una necesidad real de transparencia, sino que introduce un exceso de control político.

La acción presentada el 16 de diciembre advierte que la Ley Garrote y su reglamento permite posibles persecuciones basadas en opiniones, posiciones o líneas de trabajo, y no en hechos comprobables, lo que amenaza la labor de las organizaciones sociales y comunitarias.

Asimismo, se señala que la Ley 7363/24 vulnera preceptos constitucionales fundamentales, en particular el derecho a la libre asociación y a la participación política, pilares esenciales de una democracia participativa y pluralista.

La diversidad de organizaciones, miradas y voces resulta indispensable para fortalecer la vida democrática y la vigencia de los derechos humanos en el país.

La Codehupy reafirmó su compromiso de custodiar el proceso judicial y acompañar a todas las organizaciones involucradas.

Asimismo, agradece la participación, el respaldo y el compromiso de las organizaciones firmantes que se sumaron a esta acción colectiva en defensa de los derechos y las libertades democráticas.

Cabe destacar que la organización internacional Amnistía Internacional (AI) expresó sus preocupaciones sobre el proyecto de ley “Que establece el control, la transparencia y la rendición de cuentas de las organizaciones sin fines de lucro”.

El análisis concluye que la iniciativa legislativa que dio lugar a la Ley Garrote no es compatible con el compromiso del Estado paraguayo respecto al derecho internacional de los derechos humanos.

En particular colisiona con los derechos a la libertad de asociación, de expresión, a la privacidad, y el derecho a promover y defender los derechos humanos.

Asimismo, el proyecto de ley no incorpora las salvaguardas requeridas por la Constitución paraguaya de 1992 y el derecho internacional de los derechos humanos para la protección del derecho de asociación.

Ello se debe a la ausencia de garantías mínimas para proteger la existencia de las organizaciones de la sociedad civil, en particular las condiciones legales de existencia jurídica, la posibilidad de obtener y administrar recursos.

De igual modo, afecta la inviolabilidad del patrimonio documental y el derecho a la tutela judicial efectiva frente a la arbitrariedad.

La iniciativa legal plantea “un escenario de muy alto riesgo de cierre de espacio cívico” advierte Amnistía Internacional.

De aplicarse, “tendría un efecto intimidatorio que inhibiría a las personas de ejercer libremente su derecho de asociación” observa AI..

 

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