Guatemala – Abusos del Ministerio Público contra indígenas
Fuente de la imagen: Fundación para el Debido Proceso.
El vencimiento del mandato de Consuelo Porras podría marcar un punto de inflexión en el uso arbitrario del derecho penal para desalojar a comunidades indígenas en Guatemala. Sin embargo, cualquier reforma institucional deberá ir más allá de cambios de liderazgo.
Por Daniel Cerqueira*
Fundación para el Debido Proceso, 21 de marzo, 2026.- El 17 de mayo de 2026 culminará el segundo mandato de Consuelo Porras como fiscal general de Guatemala. Este hecho es una oportunidad para que el próximo o próxima titular del Ministerio Público (MP) revise las políticas y prácticas institucionales que han instrumentalizado el derecho penal para desalojar a comunidades indígenas de sus tierras ancestrales, en beneficio de empresas y hacendados que reclaman la propiedad sobre ellas.

Este artículo analiza esta realidad a partir de los hallazgos del informe “Desalojo y criminalización de los pueblos indígenas en Guatemala: el rol del Ministerio Público”, publicado recientemente por la Fundación para el Debido Proceso y por organizaciones aliadas de la sociedad civil.
Pronunciamientos recientes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y de órganos de Naciones Unidas concluyen que el sistema de justicia de Guatemala ha sido capturado por redes políticas y económicas que buscan proteger sus intereses y garantizar la impunidad. La actuación del MP durante la gestión de la actual fiscal general es quizás la expresión más notable de la cleptocracia judicial que compromete la vigencia del Estado de Derecho y la estabilidad democrática en el país.
De hecho, los intentos de obstruir el proceso electoral e impedir la toma de posesión del presidente electo en 2024 provocaron sanciones diplomáticas y económicas por parte de la Unión Europea, Estados Unidos, Canadá y una veintena de otros países contra Consuelo Porras y otros altos funcionarios del MP y del Poder Judicial.
Las consecuencias de la captura del sistema de justicia han sido profundas: fiscales anticorrupción exiliados, jueces independientes destituidos o criminalizados, y unidades que investigaban redes de corrupción, como la Fiscalía Especial contra la Impunidad, desmanteladas. Este deterioro institucional ha tenido un impacto directo en la protección de los derechos de los pueblos indígenas, dando lugar a desalojos masivos y a acusaciones penales arbitrarias por los delitos de usurpación y usurpación agravada contra comunidades y sus liderazgos, todo ello anclado en un marco legal, político e institucional que dificulta la protección de los derechos de propiedad colectiva de los pueblos indígenas sobre sus territorios.
Guatemala es uno de los países con mayor desigualdad en la distribución de la tierra en América Latina. Históricamente, esta desigualdad ha afectado de manera desproporcionada a los pueblos indígenas, cuyos territorios han sido objeto de expropiaciones y proyectos extractivos. Durante el conflicto armado interno (1960-1996), el despojo territorial alcanzó niveles extremos con la estrategia de tierra arrasada, con un saldo de cientos de comunidades desplazadas de sus tierras ancestrales. Aunque los Acuerdos de Paz incorporaron compromisos en materia de reasentamiento y acceso a la tierra a las comunidades indígenas y campesinas, estos siguen pendientes de cumplimiento.
La cooptación del sistema de justicia en los últimos años ha dado lugar a nuevos patrones de despojo territorial en Guatemala que mezclan las estrategias tradicionales de autoritarismo con un cierto velo de legalidad. En este contexto, los delitos de usurpación y usurpación agravada se han utilizado cada vez más para criminalizar a comunidades que reclaman o habitan territorios ancestrales.
En teoría, las acusaciones por esos delitos buscan proteger los derechos de quienes poseen títulos de propiedad privada o alegan ser los legítimos propietarios de tierras en disputa. En la práctica, sin embargo, se han convertido en una herramienta para judicializar disputas agrarias complejas que, por su naturaleza, deberían resolverse por la vía civil o administrativa.
Durante la gestión de la actual fiscal general, la objetividad del MP en la persecución del delito de usurpación fue profundamente debilitada, desdibujándose la distinción entre la defensa del interés público y de intereses de empresas agroindustriales, extractivas y de terratenientes. Una muestra de ello es la creación, en noviembre de 2020, de la Fiscalía Especializada contra los Delitos de Usurpación y Usurpación Agravada, así como de una Oficina de Atención Permanente para estos delitos.
Según los propios informes institucionales del MP, las solicitudes de desalojo y las acusaciones por usurpación han aumentado de forma exponencial, lo que contrasta con el reducido número de condenas por estos delitos. Esta contradicción, sumada a la práctica de mantener investigaciones vigentes durante años y aplazar audiencias en las que una autoridad judicial pudiera eximir de responsabilidad a los imputados, indica que el MP no busca esclarecer eventuales delitos, sino intimidar a comunidades que resisten al acaparamiento de sus tierras.
En numerosos casos documentados, el MP ha iniciado procesos penales a pesar de que existen pruebas de superposición de títulos o incertidumbre sobre la propiedad y dimensión del inmueble en disputa. La falta de una verificación diligente de la validez de los títulos de propiedad que sustentan las denuncias de usurpación ha dado lugar a la criminalización sistemática de comunidades indígenas que defienden territorios que han ocupado históricamente o cuya propiedad está demostrada mediante títulos coloniales y otros medios de prueba que el MP ha ignorado.
Organismos internacionales han documentado que muchos desalojos en Guatemala se llevan a cabo sin notificación previa, con un uso excesivo de la fuerza y sin las garantías mínimas de un debido proceso. En algunos casos, las operaciones de desalojo han incluido la quema de viviendas, cultivos y pertenencias de las comunidades. El uso generalizado de la vía penal para resolver conflictos agrarios se agrava porque en Guatemala no existe un catastro de tierras que incorpore un criterio intercultural. No hay un mecanismo operativo para el reasentamiento de las comunidades desplazadas forzosamente y los principales organismos gubernamentales encargados de mediar y resolver las disputas por la tierra han sido desmantelados en los últimos años.
Esta política criminal impacta la vida de diversas comunidades, genera miedo, restricciones a la movilidad, pérdida de medios de subsistencia, interrupción del acceso a la educación, la salud y el registro civil, así como desplazamientos forzados sin garantías de reasentamiento digno. Pero, sobre todo, los desalojos forzosos son una condena de muerte cultural para las comunidades que pierden las raíces con sus territorios ancestrales, con sus modos de vida y con su identidad indígena.
El vencimiento del mandato de Consuelo Porras podría marcar un punto de inflexión en el uso arbitrario del derecho penal para desalojar a comunidades indígenas en Guatemala. Sin embargo, cualquier reforma institucional deberá ir más allá de cambios de liderazgo. Será necesario revisar las políticas de investigación y persecución penal por los delitos de usurpación y usurpación agravada, garantizar controles efectivos sobre las solicitudes de desalojo y asegurar que las comunidades indígenas puedan ejercer plenamente su derecho a la defensa.
Ello implica, entre otras medidas, la debida valoración de los peritajes antropológicos, registros históricos y títulos coloniales como evidencias de la propiedad comunal de un territorio en disputa; y la verificación rigurosa de la validez de los títulos de propiedad privada que sustentan denuncias de usurpación.
La gestión de la conflictividad agraria no puede basarse en la criminalización de quienes defienden sus territorios y formas de vida. Un sistema de justicia legítimo debe actuar con independencia, objetividad y respeto por los derechos humanos. Cuando la persecución penal se convierte en la vía prioritaria para resolver conflictos agrarios a instancias de grupos de interés privado, el resultado suele ser más conflictividad, la desconfianza en las instituciones y la usurpación del Estado de Derecho.
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*Daniel Cerqueira es director de programa de Justicia Climática de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF).
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