La Corte Interamerica ordena a Perú, no sancionar a organización indígena y aliados por defensa del pueblo Mashco Piro.

La resolución prohíbe imponer restricciones basadas en la modificatoria de la Ley APCI conocida como «Ley Anti-ONG», que contempla multas de hasta 700 mil dólares a organizaciones que financien o asistan acciones legales contra el Estado.

Según la Corte, el Perú debe garantizar que los representantes de las víctimas puedan ejercer libremente su labor ante el sistema interamericano sin temor a represalias ni restricciones de ningún tipo.

El caso Mashco Piro fue admitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en 2022, tras determinar que se vulneró sus derechos al no protegerlos de actividades extractivas y en 2024, el caso fue remitido a la Corte IDH.

Alfredo Vargas, presidente de FENAMAD, destacó que esta medida «representa un paso firme en la defensa de los pueblos en aislamiento. Significa que sus voces están siendo escuchadas».

Juliana Bravo, directora regional de EarthRights, sostuvo que la decisión «reconoce el grave riesgo que implica la Ley APCI para las organizaciones y víctimas que buscan justicia. Esperamos que el Estado cumpla con la determinación de la Corte».

Lea la resolución en: https://fenamad.com.pe/download/corte-interamericana-de-derechos-humanos-ordeno-al-estado-peruano-abstenerse-de-sancionar-a-fenamad-y-earthrights-international-por-defender-los-derechos-de-los-pueblos-indigenas-en-aislamiento/

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