Organizaciones advierten que la norma profundiza la injusticia y favorece la impunidad en graves violaciones de derechos humanos.

Sugieren a las autoridades continuar ejerciendo el control de convencionalidad en los procesos por crímenes de lesa humanidad y el control difuso, luego de la decisión del Tribunal Constitucional, que rechazó la demanda de inconstitucionalidad.

Se trata de cuatro de los siete magistrados del Tribunal Constitucional que declararon infundadas las demandas de inconstitucionalidad presentadas por el Colegio de Abogados de Lima y el Ministerio Público.

Decisión que para las organizaciones defensoras de derechos humanos carece de efectos jurídicos al no haber alcanzado los cinco votos exigidos por el Código Procesal Constitucional.

En ese contexto, enfatizan que los que jueces y juezas del Poder Judicial mantienen intacta su obligación de inaplicar la Ley de Prescripción cuando esta contravenga el derecho internacional de los derechos humanos.

Las organizaciones recuerdan que la Corte IDH, en resoluciones emitidas el 13 de junio de 2024, 1 de julio de 2024 y 3 de octubre de 2025, ordenó expresamente al Estado peruano no adoptar ni aplicar leyes que favorezcan la impunidad en casos de crímenes de lesa humanidad.

Advierten que mantener esta norma en el ordenamiento jurídico constituye un desacato directo a dichas decisiones, así como a los pronunciamientos reiterados de la CIDH y de diversos mecanismos especiales de Naciones Unidas.

Recuerdan que conforme al derecho internacional, delitos como ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y tortura no prescriben, y que ninguna norma interna ni resolución judicial puede contradecir los tratados internacionales.

En este sentido hacen un llamado a la comunidad internacional a reforzar la vigilancia y condenar estas acciones reiteradas del Estado peruano, a fin de garantizar el acceso a la verdad, justicia y reparación de las víctimas.

Las organizaciones firmantes fueron la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH), la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), el Instituto de Defensa Legal (IDL), así como la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).

Lea el pronunciamiento aquí.

Comunicación intercultural para un mundo más humano y diverso.

Calle Los Cipreses 350 – San Juan de Miraflores – Lima – Perú.

Servindi.org es un sitio web especializado en promover el diálogo intercultural sobre temas de interés indígena y ambiental.

Las ediciones son de responsabilidad propia y no compromete la opinión de ninguna organización indígena local, nacional o internacional.

Los contenidos de este sitio se encuentran bajo licencia : Reconocimiento al autor, Sin fin de lucro, Compartir igual Sindique las noticias (RSS).



Fuente: www.servindi.org

Deja un comentario